jueves, 24 de abril de 2008

OBEDECE A TU PUEBLO, NO AL CARDENAL

OBEDECE A TU PUEBLO, NO AL CARDENAL

Julián Atilano Morales

El viernes 11 de abril, se convoco a la ciudadanía al mitin, en contra del gobernador Emilio González por el donativo de 90 millones de pesos para el Santuario de los Mártires, de los cuales 30 millones de pesos ya se entregaron.

La manifestación fue pacifica, no hubo abanderamientos, cada persona fue a titulo personal, la pluralidad fue lo mas destacado, así como la respuesta de los transeúntes; frases, pancartas todo lo característico de los mítines pintaba la ciudad, íbamos a paso lento, ancianos y niños nos acompañaban.
No soy bueno con el conteo masivo de personas, pero la pareja que iba a mi lado decía que éramos un chingo, yo creo que un poco más, algunos medios de comunicación dijeron que el promedio fue de 2000 personas.
Al señor Emilio González no le interesa que hasta este momento(Domingo 20 de Abril) alrededor de 4500 personas se hayan quejado ante la Comisión estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) por los siguientes motivos: violación al estado laico y la legalidad, falta de fundamentacion , ejercicio indebido de la función publica.
“violación al estado laico y la legalidad, falta de fundamentación, ejercicio indebido de la función publica”

¿Pero, por qué no le interesa?

Empecemos por partes, la CEDHJ tiene la facultades para emitir medidas cautelares en circunstancias que representan una urgencia o un riesgo a una probable violación a los derechos humanos. Estas medidas cautelares siempre se dictan sin prejuzgar en el fondo de la queja, es decir sin que se este determinado o resolviendo si hay o no violación a los derechos humanos.[1] Para el día 10 de abril, la CEDHJ no había dictado ninguna medida cautelar a Emilio, con respecto al donativo.
Que sucedió el 11 de abril, sucedió que el Quinto Visitador General de la CEDHJ anunció que, Ante la incertidumbre social sobre la Validez del donativo para la construcción del santuario y en respuesta del cúmulo de quejas recibidas (1313 en ese momento) en contra del Ejecutivo estatal, el presidente de la CEDHJ dicta medidas cautelares dirigidas al gobernador del estado, y se le solicita que ordene al secretario de Finanzas, Oscar García Manzano, la suspensión de la entrega de los 60 millones de pesos que restan de los 90 millones, en tanto este organismo determine la legalidad o no de la acción.[2]
Después de que el presidente de la CEDHJ dicto dichas medidas concedieron 72 horas para que el gobernador informe a la Comisión sobre la aceptación de la medida solicitada.
Lo que se pretende con la medida cautelar es exhortar, hacer un llamado al ejecutivo, para que en ámbito de su responsabilidad y actuando con un compromiso social, determine una probable e irreparable violación a los derechos humanos como consecuencia de entregar los 60 millones restantes.

“el presidente de la CEDHJ dicta medidas cautelares dirigidas al gobernador del estado”

Para sorpresa nuestra (inconformes) el gobernador dijo lo siguiente: “La Comisión Estatal de derechos Humanos no es la instancia competente para determinar la legalidad o ilegalidad del donativo materia de la queja, siendo esto competencia, en su caso del órgano jurisdiccional respectivo, teniendo vigencia lo establecido por el articulo 102 fracción B de la CPEUM. Y en el artículo 10, fracción IV de la Constitución Política de Jalisco, el cual establece que la comisión por ningún motivo podrá examinar cuestiones jurisdiccionales de fondo en materias judiciales, laborales, electorales”. [3]
La respuesta de la CEDHJ ante dichos argumentos fue: los actos materia de la queja son administrativos y no jurisdiccionales. El acto jurisdiccional es aquel en el que el órgano judicial, dentro de un procedimiento contencioso, llama a las partes a juicio; al resolverlo, valora jurídicamente los hechos controvertidos y dicta una resolución que pone fin al conflicto en forma definitiva y si tiene la aptitud de emplear la fuerza para hacer que se cumplan. Los actos jurisdiccionales están íntimamente ligados con la imparticion de justicia, que es propia de la autoridad judicial y no de la administrativa, según lo establece el artículo 17 de la CPEUM.
En virtud de lo anterior, apelo a su vocación democrática y confió en que, una vez aclarada la competencia que tiene esta Comisión para analizar los actos de las autoridades administrativas a las luz de la legalidad, reconsidere su postura y acepte la medida cautelar solicitada mediante oficio 180/08-V[4]

Se le solicito al Ejecutivo brindar respuesta al presente en un término de 24 horas. A la solicitud antes mencionada que se le hizo al gobernador, el Ejecutivo ratifico en el oficio 626/2008-1377/08 cada uno de los argumentos planteados en la respuesta anterior y poniendo la cereza en el pastel sostiene: “en concordancia con lo anterior, es menester dejar establecido categóricamente que, de conformidad con lo establecido por el plan Estatal de Desarrollo 2030, la tarea de proteger los derechos Humanos representa para el Estado la exigencia de proveer y mantener las condiciones necesarias para que, dentro de una situación de justicia, paz y libertad, las personas puedan gozar realmente de todos sus derechos ante la autoridad: muestra del compromiso anterior, ha sido justamente la voluntad de esta Administración Publica Estatal de aceptar aquellas recomendaciones emitidas por la CEDHJ, en aquellos temas que contengan una presunta violación de las garantías de los particulares”.[5]
“Están minimizando y menospreciando las quejas y el número de ellas”

La CEDHJ argumento ante la anterior declaración que continuara con la integración de las quejas y en su momento emitirá la resolución que proceda. Definitivamente al gobierno no le interesa lo que piensen 4500 personas (+ las que no han mandado su queja a la CEDHJ), no le interesa lo que opine la CEDHJ. Están minimizando y menospreciando las quejas y el número de ellas. Es inaceptable que el gobierno derroche de esa forma nuestro dinero, no han podido justificar ni con la ayuda de los medios de comunicación locales, es un acto contra el Estado laico y el pueblo de Jalisco.
[1] Lo anterior fue dicho por el presidente de la CEDHJ, Felipe de Jesús Álvarez Cibrian, después de recibir la queja presentada por la Comunidad de Doctores en derecho en contra del gobernador por el donativo. boletín 084/08 CEDHJ. Guadalajara, Jalisco. 10 de abril de 2008.


[2]Palabras del Quinto Visitador General de la DEDHJ, Mauro Gallardo Pérez, durante la conferencia de prensa en la que anuncio la solicitud de medidas cautelares dirigidas al gobernador del Estado Emilio. boletín 086/08 CEDHJ. Guadalajara, Jalisco. 11 de abril de 2008
*Dicha petición se sustenta en el art. 55 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y en los principios contenidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESCA), así como del protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de DESCA, instrumentos internacionales ratificados por nuestro país.
[3]Fragmento del Ejecutivo en el oficio SA/612/2008-1340/08 a la CEDHJ. Fuente: http://www.cedhj.org.mx. Guadalajara, Jalisco 14 de abril de 2008.
[4]Fragmento de la Respuesta de la CEDHJ ante la negativa a aceptar la medida cautelar por parte del gobierno del Estado. boletín CEDHJ 091/08. Guadalajara, Jalisco 15 de abril de 2008.
[5] Fragmento de la Ratificación del Ejecutivo a no aceptar la medida cautelar. Boletín CEDHJ 093/08. Guadalajara, Jalisco 16 de abril de 2008.

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