martes, 20 de abril de 2010

Una Equidad “Rosita”


Un poco antes de la semana santa me encontraba en el tren ligero esperando para abordar el vagon, antes de que me diera cuenta 2 tipos vestidos con una playera rosita se acercaron a mi para darme un volante y decirme: “estamos realizando una campaña promoviendo los espacios preferentes para mujeres”, les respondí con una mueca de incomprensión, leí el volante y después a mi alrededor. Me di cuenta de que estaba en la justa orilla de un área pintada de rosa. De mala gana salí del área de color y les pregunté ¿y esto quien lo promueve o a razón de que? Es que hoy es día de la mujer e inicia el programa, creo que lo promueve el gobierno del estado, me respondieron.
No quise seguir interrogando a los empleados de Emilio y aborde el tren. Mientras me transportaba leí el volante que promocionaba un programa buscando la equidad de género y la IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES.

Equidad e igualdad son conceptos que van de la mano, un trato equitativo significa un trato igualitario sin importar sexo, raza, ideología, creencias o condición económica. A mi parecer con estas medidas tomadas en el transporte PUBLICO, las mujeres no reciben un programa gubernamental que fomente la equidad, por el contrario, sufren de “Discriminación Positiva” es decir, privilegios para un grupo especifico y la privación de estos privilegios a ciudadanos que no pertenecen a ese grupo.

Aunque en el tran ligero los vagones son “preferentes” la ruta 380 con sus unidades rosas no dan parada a ciudadanos del sexo masculino. Existe un hecho: una mujer puede abordar el camión que quiera, mientras que un hombre será privado de poder abordar la unidad rosita, si esto no es discriminación entonces creo que es justo que las mujeres tampoco puedan abordar determinadas unidades. Un trato verdaderamente equitativo exigiría que se pongan en circulación al menos la misma cantidad de unidades de transporte exclusivo pero de color azul y dedicado al sexo masculino.

“Rubén Torres, delegado de la ruta 380, explicó que 40% de los usuarios de estos camiones son féminas, por lo tanto, es importante buscar medidas para protegerlas de “manoseo o repegones” del sexo masculino ya que son frecuentes las quejas por estos abusos ”. Cabe señalar el caso ocurrido en el DF donde un hombre que se vestia de mujer y abordaba el metro en las zonas preferentes manoseaba a las usuarias, lo que sirvió para detener a este tipo no fue la zona preferente, sino la denuncia y la aplicación de la ley.

Con estas medidas no se trata de favorecer a personas con algún impedimento físico o mental, tampoco de una circunstancia especial (Las mujeres y los niños primero!!! ¿Será equitativo?) En caso de que una persona sufra alguna discapacidad existen unidades especiales para ello, no porque sean hombres o mujeres, sino porque vive una situación especial, diferente a la de el común de los ciudadanos.

Estas medidas creo yo que son anticonstitucionales y que no promueven la equidad, sino por el contrario, promueven la diferenciación de los sexos en el trato cotidiano y perpetua la idea de que la mujer no se basta a si misma para cuidarse sola. Aunque dudo que las mujeres desaprueben estas medidas que son “políticamente correctas” y además muy taquilleras, pues los promotores de estas políticas no dudaran en pararse el cuello a la hora de las elecciones.

Según el Art. 1 párrafo 3 CPEUM. "Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas"
El 142 bis del Código Penal, a fin de sancionar la violencia de género estipula que se sancionará a quien "por razón de edad, sexo, embarazo, estado civil, raza, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, discapacidad o estados de salud realice conductas como incitar al odio o a la violencia, niegue un servicio a cualquier persona, excluya a alguna persona de un grupo, o niegue derechos laborales".
Se establece una pena de uno a tres años de prisión, o de 25 a 100 días de trabajos a favor de la comunidad y de 50 a 200 días multa a quien incurra en acciones de discriminación.

Medidas verdaderamente equitativas podrían ser el servicio militar femenino, mujeres que paguen pensión alimenticia, sin embargo estas políticas seguramente son gozarían de la misma acpetacion de las damas.

Liberté, égalité, fraternité, (Libertad, Igualdad, Fraternidad) son las ideas fundamentales de la revolucion francesa y deberian ser la linea rectora en la busqueda del respeto a los derechos humanos, no solo de un grupo exclusivo, debemos respetar y ser respetados por el hecho de ser Seres Humanos, sin miramientos a cuestiones de genero, posicion social o economica, raza, orientacion sexual, etc.

Mientras nuestros legisladores no tengan claro esto, seguiremos teniendo politicas publicas que solo sirvan de paliativo a problemas como la seguridad y la integridad de la poblacion, incluida en ella a hombres y mujeres.

Isaac Flores.

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